miércoles, 6 de enero de 2016

-MONARQUÍA - REPÚBLICA-

Podemos definir una monarquía como un régimen político en el que existe un rey (o reina), y este (o esta) desempeña algún tipo de función en el Estado.
Pero existen muchos tipos de monarquía. Simplificando podemos diferenciar cuatro tipos de monarquía que se han dado a lo largo de la historia: feudal, autoritaria, absoluta, constitucional, y parlamentaria.
La monarquía feudal es aquella que existía en Europa en la Edad Media: se caracteriza porque el poder está en manos de la nobleza, y el rey es el principal de entre los nobles pero un noble más (es el primus inter pares, el primero entre iguales). Tiene un poder sobre los nobles escaso, más simbólico que real. Y, a su vez, debe vasallaje al emperador y al papa.
La monarquía autoritaria surge en torno al Renacimiento y los orígenes del mundo moderno.  Los reyes comienzan a someter a la nobleza, y crean órganos burocráticos para gestionar el poder. Inician el proceso de centralización del Estado.
Las monarquías absolutas surgieron a partir de las monarquías autoritarias. Se caracterizan porque el rey concentra en sus manos todo el poder, que no comparte con nadie, ni reconoce ningún poder superior (sea el emperador, sea el papa): el rey se identifica con el Estado.
Una monarquía constitucional es aquella en la que el rey detenta el poder ejecutivo, pero limitado por una Constitución (es decir, el ejercicio de su poder está limitado por una leyes fundamentales que tiene que respetar obligatoriamente).
Una monarquía parlamentaria es aquella en la que el rey ejerce la función de Jefe de Estado, pero sus decisiones son controladas por el parlamento y el gobierno. Un ejemplo de monarquía parlamentaria es la española actual.
Una monarquía parlamentaria no se diferencia gran cosa de un régimen republicano. De hecho muchas monarquías parlamentarias cumplen más fielmente con lo que es el ideal republicano de organización del Estado que algunos regímenes denominados republicanos. (Por eso algunos se refieren a las monarquías parlamentarias como «repúblicas coronadas»).
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El término castellano «república» procede del latín respublica (= la cosa pública, lo público).
Hoy en día se puede definir la república como el régimen político en el que los individuos tienen la consideración de ciudadanos, lo que quiere decir que están sometidos a la ley, no a otros individuos, y son iguales ante la ley.
Hoy también solemos contraponer república a monarquía. Pero dado que la mayoría de las monarquías vigentes (al menos en Europa) son monarquías parlamentarias (véase), y en tales monarquías los individuos también tienen la consideración de ciudadanos y son iguales ante la ley, la única diferencia reside en que en las monarquías parlamentarias el Jefe del Estado es un cargo vitalicio y hereditario, mientras que en las repúblicas el Jefe del Estado es elegido por un periodo limitado de tiempo, como el resto de los cargos políticos.
En otras épocas el término república se empleó con otros sentidos. Por ejemplo, Francisco de Vitoria, en el siglo XVI, y Hobbes, en el siglo XVII, usaba la palabra república y Estado como sinónimos: todo Estado sería, por lo tanto, una república. Kant, en el siglo XVIII, contraponía gobierno republicano a gobierno despótico: un gobierno republicano es, según la denominación kantiana, aquel en el que hay separación de poderes; el gobierno despótico es aquel en el que no hay tal separación. Según la concepción kantiana una monarquía constitucional o parlamentaria sería un régimen republicano, pero no lo sería una monarquía absoluta.

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